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jueves, 26 de marzo de 2020

Soy trabajador del campo, no tengo derecho a paro, y lo que hay que parar, es el virus, no al campo.



Soy una persona trabajadora del campo y
no tengo derecho al subsidio de desempleo. Servicio Público de Empelo Estatal.




El apercibimiento de la Guardia Civil de Tráfico a trabajador agrario en parcela cercana a la carretera, conminándole a abandonar su faena, no está justificado con la normativa actual.

Amenazar con el requerimiento de su identidad para sancionarle, si no abandonan el trabajo, supone provocar un daño moral y económico innecesario, al trabajador, sus allegados y, en menor medida, a la empresa.


Los trabajadores agrarios eventuales no tienen derecho al subsidio por desempleo, así de triste es. Si se le obliga a renunciar a las tareas ordinarias de los ciclos agrarios, se debería habilitar un subsidio especial para esta situación como se ha hecho en otro tipo de trabajadores. Sin embargo no forma parte del colectivo protegido en la Medidas Covid-19 habilitadas.


De las consultas practicadas a Asesorías Legales, Subdelegación del Gobierno, Inspección de Trabajo, Sindicatos Agrarios y otros operadores, se desprende que la actuación de la Guardia Civil en este caso, no tiene un soporte legal a la fecha, y se debe a una actuación arbitraria, lo que desvela lo que ya se preveía. El régimen sancionador establecido abre un profundo agujero por el que se colarán los derechos de los ciudadanos.


Someter a un trabajador eventual del campo al riesgo de ser sancionado por estar en su puesto de trabajo, no puede formar parte de las instrucciones de ninguna empresa agraria.


Tampoco es recomendable dejar de hacer las tareas, por el triste hecho de que se va más allá de la norma y se juega con la discrecionalidad de la actuación de un servidor público que debería observar la norma vigente sin mayores interpretaciones personales.


Efectivamente hay tareas que se podrían posponer sin causar un gran perjuicio a las plantas (seres vivos del reino vegetal) e incluso a la cosecha que está por venir, pero esta interrupción debería estar regulada e indicada, no sometida al criterio y apreciación de quien desconoce, qué tareas agrarias tienen su momento para hacerse.


Finalmente, lo que se recomienda es que, el trabajador lleve además de su identidad, una certificación de la empresa y resguardo de alta en la Seguridad Social, para acreditar que no está realizando tareas ilegales en las parcelas de los cultivos que tienen pendiente alguna faena.

Resolución reconociendo el alta del trabajador agrario en sistema especial agrario.
Resulta absolutamente aberrante pensar que quien está trabajando por cuenta ajena en una finca agraria en las tareas de mayor requerimiento físico, lo hace por voluntad propia, y con el interés de quebrantar una medida preventiva, cuando se ha decretado por la existencia de una pandemia, el estado de alarma.


Cabría establecer un mecanismo de deriva de la responsabilidad a la empresa incumplidora, pero un trabajador haciendo su trabajo en su puesto, no puede ser sancionado como si estuviera haciendo un desplazamiento innecesario.


Cuesta mucho imaginar a la Guardia Civil entrando en unas oficinas que presten servicios de actividades no prohibidas, para conminar a los trabajadores a que abandonen sus puestos de trabajo, ya que esas tareas las podrán hacer en otro momento y no son esenciales. 




Información adicional.
























Medidas Covid-19



#EsteVirusLoParamosUnidos



miércoles, 12 de mayo de 2010

III Foro Nacional de Derecho de la Circulación.








La UCLM acoge el III foro Nacional de Derecho de la Circulación que ha inaugurado el vicerrector de Títulos de Grado y Máster.

Expertos en seguridad vial estudian en Ciudad Real las novedades legislativas en materia sancionadora.

El vicerrector de Títulos de Grado y Máster de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM), Miguel Ángel Collado, ha inaugurado en el Campus de Ciudad Real el III Foro Nacional de Derecho de la Circulación que, durante dos días, reunirá a más de 170 profesionales para debatir en torno a las novedades que tras consigo la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en materia sancionadora que entrará en vigor este mes. Este foro se ha consolidado ya como un referente a nivel nacional en materia de regulación jurídica del tráfico.

Profesionales del ámbito universitario, del Derecho, de la Dirección General de Tráfico, de la Agencia Tributaria, de ayuntamientos y de asociaciones de consumidores y usuarios se reúnen en el Campus de Ciudad Real en el marco del III Foro Nacional del Derecho de la Circulación, al objeto de analizar la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en materia sancionadora, aprobada el pasado mes de noviembre por el Congreso de los Diputados y que entrará en vigor este mes.

El nuevo texto normativo agiliza, simplifica y moderniza el procedimiento sancionador, incorpora nuevos medios tecnológicos al mismo que aseguran las garantías y derechos de los ciudadanos, y reduce el catálogo de conductas que hacen perder puntos del carné de conducir.

En definitiva, según han puesto de manifiesto los coordinadores del foro durante su inauguración, el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) Miguel Beltrán, y el jefe provincial de Tráfico de Ciudad Real, Antonio Carrasco, esta reforma es una más de las acciones del plan estratégico puesto en marcha en España en materia de seguridad vial, que persigue un cambio en la conducta de los conductores y la reducción del número de accidentes y de víctimas. Objetivos éstos que, ha asegurado Carrasco, "se están cumpliendo".

El foro, que se prolongará hasta mañana, se ha convertido ya en referente a nivel nacional en materia de seguridad vial y en punto de encuentro para el debate y la reflexión de cuestiones que interesan e implican a la ciudadanía, cometido que según ha recordado el vicerrector de Títulos de Grado y Máster, Miguel Ángel Collado, son junto, con la formación de titulados y la investigación, competencia de la Universidad. Asimismo, Collado se ha congratulado de la confianza depositada por las instituciones en la Universidad de Castilla-La Mancha para desarrollar en ella actividades de interés como ésta.


Fuente de esta información:

sábado, 13 de marzo de 2010

Sanción administrativa por carecer de libro de explotación animal.

Tener animales se puede convertir en un verdadero problema. La ley es muy exigente y obliga a cumplir unos requisitos formales. Las sanciones por estos incumplimientos pueden ser de importancia.
Como en todas las sanciones hay que empezar por reproducir la evolución de los hechos. Al final te das cuenta que hay que empezar por analizar a la persona sancionada, situación personal, ¿está viva?, ¿goza de buena salud?, ¿tenía algún problemas cuándo ocurrieron los hechos por los que se le sanciona?, ¿existían estados de necesidad?...
Lo debo tener muy presente, siempre empezar por la persona, después recurrir a los hechos.

En esta ocasión me he encontrado causas que reducen la culpabilidad del sancionado.