jueves, 26 de marzo de 2020

Soy trabajador del campo, no tengo derecho a paro, y lo que hay que parar, es el virus, no al campo.



Soy una persona trabajadora del campo y
no tengo derecho al subsidio de desempleo. Servicio Público de Empelo Estatal.




El apercibimiento de la Guardia Civil de Tráfico a trabajador agrario en parcela cercana a la carretera, conminándole a abandonar su faena, no está justificado con la normativa actual.

Amenazar con el requerimiento de su identidad para sancionarle, si no abandonan el trabajo, supone provocar un daño moral y económico innecesario, al trabajador, sus allegados y, en menor medida, a la empresa.


Los trabajadores agrarios eventuales no tienen derecho al subsidio por desempleo, así de triste es. Si se le obliga a renunciar a las tareas ordinarias de los ciclos agrarios, se debería habilitar un subsidio especial para esta situación como se ha hecho en otro tipo de trabajadores. Sin embargo no forma parte del colectivo protegido en la Medidas Covid-19 habilitadas.


De las consultas practicadas a Asesorías Legales, Subdelegación del Gobierno, Inspección de Trabajo, Sindicatos Agrarios y otros operadores, se desprende que la actuación de la Guardia Civil en este caso, no tiene un soporte legal a la fecha, y se debe a una actuación arbitraria, lo que desvela lo que ya se preveía. El régimen sancionador establecido abre un profundo agujero por el que se colarán los derechos de los ciudadanos.


Someter a un trabajador eventual del campo al riesgo de ser sancionado por estar en su puesto de trabajo, no puede formar parte de las instrucciones de ninguna empresa agraria.


Tampoco es recomendable dejar de hacer las tareas, por el triste hecho de que se va más allá de la norma y se juega con la discrecionalidad de la actuación de un servidor público que debería observar la norma vigente sin mayores interpretaciones personales.


Efectivamente hay tareas que se podrían posponer sin causar un gran perjuicio a las plantas (seres vivos del reino vegetal) e incluso a la cosecha que está por venir, pero esta interrupción debería estar regulada e indicada, no sometida al criterio y apreciación de quien desconoce, qué tareas agrarias tienen su momento para hacerse.


Finalmente, lo que se recomienda es que, el trabajador lleve además de su identidad, una certificación de la empresa y resguardo de alta en la Seguridad Social, para acreditar que no está realizando tareas ilegales en las parcelas de los cultivos que tienen pendiente alguna faena.

Resolución reconociendo el alta del trabajador agrario en sistema especial agrario.
Resulta absolutamente aberrante pensar que quien está trabajando por cuenta ajena en una finca agraria en las tareas de mayor requerimiento físico, lo hace por voluntad propia, y con el interés de quebrantar una medida preventiva, cuando se ha decretado por la existencia de una pandemia, el estado de alarma.


Cabría establecer un mecanismo de deriva de la responsabilidad a la empresa incumplidora, pero un trabajador haciendo su trabajo en su puesto, no puede ser sancionado como si estuviera haciendo un desplazamiento innecesario.


Cuesta mucho imaginar a la Guardia Civil entrando en unas oficinas que presten servicios de actividades no prohibidas, para conminar a los trabajadores a que abandonen sus puestos de trabajo, ya que esas tareas las podrán hacer en otro momento y no son esenciales. 




Información adicional.
























Medidas Covid-19



#EsteVirusLoParamosUnidos



miércoles, 11 de marzo de 2020

Acoso inmobiliario rústico, blocking, stalking, mobbing o bulling vecinal...

Acoso inmobiliario rústico, blocking, stalking, mobbing o bulling vecinal... 
Manuel Zamora Soria, ciudadano y pequeño propietario rústico. Marzo 2020.



Acoso inmobiliario rústico, blocking, stalking, mobbing o bulling vecinal,...se llama ya de muchas maneras, pero  aún  no hay una protección específica para los micropropietarios emocionales de pequeños predios rústicos que sufren estas conductas permanentemente de sus vecinos.
La mayoría de las personas afectadas venden o ceden a la coacción abandonando la parcela. El maltrato psicológico que supone comprobar el poco respeto que tiene tu vecino cada vez que hace una incursión con la escusa de estar haciendo una tarea agraria, va haciendo mella. 

Resulta muy doloroso comprobar cómo se intenta alterar la realidad de un espacio al que el propietario se siente especialmente conectado. La "afección" por la tierra en la legislación que regula la expropiación, se llega incluso a catalogar como un premio adicional al precio, consistente en un 5 por ciento más. Sin embargo, comprobar que alguien te va quitando poco a poco lo que es tuyo, que ha sido de tus padres, abuelos, bisabuelos simulando nuevos trazados se ha normalizado, cuando debería ser catalogado como un castigo que no te puede proferir ni el propio Estado invocando el interés general. 

En este caso, estamos ante un vecino que invade insistentemente una zona común de paso llamada la "Senda de los perales" y un pequeño tajón, llamado "Tajón de los garbanzos" en el paraje de Villarrubia de los Ojos conocido como "Fuentes de Macho". 

En cinco meses ha arado innecesariamente esta zona seis veces seguidas, sin intercambiar diálogo, ni intentar un acuerdo, ni proponer alternativas. El arado abusivo manda, se ejecuta a golpe de pasada de potente tractor arrastrando un apero que hace una labor profunda, con pleno conocimiento y voluntad del daño que se hace, físico a la finca y moral al propietario afectado. 



Desde que se iniciara el ciclo o año agrario con el otoño, se ha remarcado la linde de la senda de los perales de Fuentes de Macho en seis ocasiones: 27 de octubre de 2019, 15 de diciembre de 2019, 8 de febrero de 2020, 16 de febrero de 2020,  23 de febrero de 2020 y 29 de febrero de 2020. 

Las tareas puramente agrícolas que se corresponden con el estado actual de barbecho son de arado en dos ocasiones. Con el arado en ocasiones se puede justificar  la aproximación o la incursión. Sin embargo resulta difícil justificar cuando sencillamente no se ara el barbecho y sencillamente se entra a la finca  a eliminar los hitos y marcas. Es decir, el propietario que intenta confundir las marcas ha entrado cuatro veces innecesariamente para eliminar la indicaciones realizadas para delimitar nuevamente la finca, sencillamente con el único afán de aparentar su dominio pleno sobre la zona que pretende confundir.

La imagen de los árboles caídos tras su último arado en la zona del "levante" que linda a una servidumbre de paso permanente y arroyo público, da buena muestra de su comportamiento. Si trata así esta franja de espacio público, que en modo alguno puede integrar a su dominio, cómo no va hacer lo mismo en el resto del perímetro.

Imagen de la invasión del arroyo servidumbre existente llegando a derribar árboles existentes.


Es evidente que esta conducta es irregular y cabría esperar la intervención de las distintas Administraciones Públicas que pudieran tener competencias en la gestión de estos conflictos.

Los servicios de Guardería Rural pueden mediar y recomendar mejorar las prácticas abusivas, injustificadas y desproporcionadas. Los Agentes Medioambientales también pueden intervenir especialmente si se invaden zonas públicas y si se altera el paisaje y se daña la flora y fauna silvestre. La Guardia Civil debería también poder atestiguar que la reiteración, el abuso, la desproporción y la falta de justificación para atentar contra las lindes pueden llegar a ser considerado delito. 

Desde las asociaciones agrarias, desde las cooperativas, desde las concejalías, diputación provincial, consejerías y Subdelegación del Gobierno también se puede intervenir para que se visualice la protección a los pequeños propietarios.

Nos queda el consuelo de compartir esta mala praxis con la esperanza de que se pueda corregir, al paso también van apareciendo "valientes contra el acoso ínmobiliario rústico" que van proponiendo vías de solución y que no se callan ante la ley del más fuerte. Compartir estos sucesos con los conocidos y las autoridades competentes ayuda a visualizar el problema. Los modernos sistemas de información geográfica y las bases de datos de fotografías aéreas antiguas, además de la tradición transmitida también ayudan. 

También cabría esperar algún cambio en el Código Civil para la protección de estos pequeños predios y en el Código penal para la protección de las víctimas de estos sucesos Que el valor económico sea pequeño no significa que no duela a la víctima, la duración y continuidad del abuso no ayuda a acortar el sufrimiento de quien padece un trato vecinal abusivo.  

lunes, 2 de marzo de 2020

Sexto remarcado de la linde de la senda de los perales de Fuentes de Macho en menos de seis meses.

 
 
 
Seis veces seguidas, sin intercambiar diálogo, ni intentar un acuerdo, ni proponer alternativas, el arado abusivo manda, se ejecuta la visión del invasor a golpe de pasada de arado con un potente tractor.
 
Acoso inmobiliario rústico, blocking, stalking, mobbing o bulling vecinal,...se llama ya de muchas maneras, pero  aún  no hay una protección específica para los micropropietarios emocionales de pequeños predios rústicos.
 
La mayoría de las personas afectadas finalmente venden, ceden al chantaje o coacción o terminan abandonando la parcela.
 
En este caso estamos ante un vecino que invade insistentemente una zona común de paso de una forma innecesaria.
 
Se ha datado hasta un sexto remarcado de la linde de la senda de los perales de Fuentes de Macho en menos de seis meses.
 

 27 de octubre de 2019
 
 15 de diciembre de 2019.
 
 8 de febrero de 2020.
 
 16 de febrero de 2020
 
23 de febrero de 2020.

29 de febrero de 2020
 
 
Desde que se iniciara el ciclo o año agrario con el otoño, se ha remarcado la linde de la senda de los perales de Fuentes de Macho en seis ocasiones.
 
  1. 27 de octubre de 2019
  2. 15 de diciembre de 2019.
  3.  8 de febrero de 2020.
  4. 16 de febrero de 2020.
  5. 23 de febrero de 2020.
  6. 29 de febrero de 2020.
Las tareas que se observan en el propietario que intenta confundir este terreno para incorporarlo a su dominio pleno, tan sólo están justificadas en dos ocasiones. La práctica del arado con maquinaria  llega a justificar en ocasiones la aproximación o la incursión.
 
Resulta difícil justificar cuando sencillamente se ara invasivamente con la única finalidad de eliminar los hitos y marcas.
 
 
 

 
Estado en el que se ha quedado el arroyo servidumbre que separa la parcela llamada Hitar del Tajón de los Chopos de Fuentes de Macho, tras el último arado del pasado 28 de febrero de 2020.
 
Esta historia comenzó hace cinco años, arrancando un peral centenario, el último que daba fruta de los varios existentes. Desde entonces hemos pasado por conversaciones con él y con el anterior propietario, con guardería rural, con Concejal de Agricultura, Alcalde de Villarrubia de los Ojos, Juzgado de Paz hasta en cuatro ocasiones, denuncias en juzgado de instrucción, deslinde civil,...
 
Por avatares diversos, en cada situación mencionada, aparece un argumento para justificar su actuación que va fraguando como real y que impide acreditar que su conducta no se corresponde con los derechos que realmente tiene.
 
Lo más curioso es que en su defensa alega sentirse acosado por los propietarios a los que intenta usurpar su propiedad.
 
La imagen de los árboles caídos tras su último arado es muy ilustrativa que se queda aquí para el seguimiento del comportamiento de este "stalker".
 
 
 
 
Imagen del Sipac a fecha 1 de marzo en la que se aprecian las pequeñas parcelas que están siendo objeto de incursiones permanentes.