lunes, 3 de mayo de 2010

Abogada/o novel adulta/o

Por fin, creo que el dilema entre si soy joven abogado o no está resuelto. El Consejo General de la Abogacía me da la solución con el material que elabora para las Escuelas de Prácticas Jurídicas.

"Supuestos prácticos para el abogado novel", así se llama el DVD que ha editado el Consejo General de la Abogacía.

Me olvidaré de si soy o no Joven Abogado. Tengo claro que soy un abogado novel.

La definición de novel del Diccionario de la Real Academia de la Lengua nos dice:

novel. (Del cat. novell, nuevo). (Del catalán)

1. adj. Que comienza a practicar un arte o una profesión, o tiene poca experiencia en ellos. U. t. c. s. (Utilizado también como sustantivo)
http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=novel


Al final creo que la definición correcta para los mayores de determinada edad (¿qué edad, dónde ponemos el límite, 30, 40, 45, 50, 60 años?) sería la de: "novel adulto", o "abogada/o novel adulta/o"

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