lunes, 27 de noviembre de 2017

Plantación en Red 2017, Parque Nacional Las Tablas de Daimiel. 26 de noviembre de 2017

 Cartel anunciador de la jornada Plantación en Red 2017.
 María, coordinadora de la plantación en el PN Las Tablas de Daimiel dando la bienvenida al grupo de voluntarios. 
 Jóvenes colaboradores participan en la explicación de las variedades de árboles que repondrán en las marras de anteriores plantaciones: encina, coscoja, retama, cornicabra, romero, espino negro, higuera y almendro. 

 Ubicación de la plantación en la zona conocida como Prado Ancho, en otro momento esta zona se conocía como Corrales de Prado Ancho. 
Grupo de voluntarios en plena faena de reposición de marras. 

Obligada foto para acreditar la participación del autor del blog. 

Hemos podido participar de otra extraordinaria jornada de reposición de marras en el Parque Nacional de Las Tablas de Daimiel. En esta ocasión organizada por WWF con motivo del día de Plantación en Red con el esloga, Los Bosques nos conectan. 

La encargada de coordinar la actividad ha sido María de WWF, también han colaborado altruistamente miembros de las cuadrillas Bienvenido y Javier de la vecina localidad de Villarrubia de los Ojos. 

Se ha elegido la zona alta de Prado Ancho, antes llamada Corrales de Prado Ancho por su uso ganadero de vacuno. 

La variedades repuestas han sido encina, coscoja, retama, cornicabra, romero, espino negro, higuera y almendro. María nos ha explicado que ya se han plantado más de 56.000 árboles y por las condiciones climatológicas hay un elevado índice de marras. 

Se agradece a WWF la organización de estas jornadas para sensibilizar a la sociedad en general sobre la necesidad de conservar nuestra cubierta vegetal. 

Durante la jornada hemos podido compartir experiencias y recuerdos con otros asistentes que ya nos vamos convirtiendo en asiduos. 





domingo, 12 de noviembre de 2017

Historia de una foto de Jesús con olivos al fondo.


Imagen de Jesús de la Hermandad de Jesús en el descendimiento de Villarrubia de los Ojos. 


Posiblemente si esta foto se hubiera hecho en la era digital habría trascendido mucho más. Afortunadamente se ha quedado en el recuerdo íntimo de los que participamos en su realización. 

Se publicó en Blanco y negro en el programa de Semana Santa de Villarrubia de los Ojos, ilustrando un artículo sobre el momento que representa. Se hizo un domingo por la tarde, desplazamos la imagen en un furgón a un olivar que está en la carretera de Fuente el Fresno, a cinco kilómetros de Villarrubia de los Ojos.

Había luna llena, se hizo haciendo coincidir ese momento. En las secuencias de fotos había imágenes con la luna llena al fondo. 

 

lunes, 3 de julio de 2017

Don Francisco se despide de su parroquia después de 38 años

Detalle de la Lectura del Evangelio del Domingo 3 de Julio de 2017, fecha en la que Don Francisco párroco de Nuestra Señora de Los Ángeles de Ciudad Real  anuncia su retirada después de 38 años

En primer término la hojita "Con nosotros" con el desglose de lecturas, en segundo lugar, la imagen del cautivo, impresiona verla expuesta al píe del altar, delante del Sagrario, en segundo plano, a la derecha Don Francisco, desde su púlpito, leyendo la homilía.

Durante la misa de nueve de hoy, domingo 2 de julio de 2017, Don Francisco ha anunciado que dejará, la que ha sido su parroquia durante 38 años. 

Ha sido un momento muy emotivo, tanto para él como para los parroquianos presentes. Don Francisco ha estado enfermo y hoy por primera ha vuelto decir esta misa. 

La lectura también era de las dirigidas directamente al corazón, Mt 10, 37-42. Tras la lectura, en la homilía, ha anunciado que por la especialidad de las palabras que quería decirnos prefería leerla. No es habitual que Don Francisco lea sus homilías por lo que inicialmente causaba extrañeza. Según se iba adentrando en su alocución, se adivinaba un mensaje de calado emocional y empezábamos a entender por qué ha preferido leer. 

La emoción ha aflorado en su voz cuando ha mencionado sus 38 años al frente de la Parroquia Nuestra Señora de los Ángeles de Ciudad Real.

Lo primero que se te viene a la mente es que efectivamente, quien eligió a Jesús durante 38 años y dio este ejemplo a una barriada muy, muy especial, cómo no se iba a emocionar cuando anuncia "su pase a la reserva" como el mismo ha dicho.

Después uno hace un repaso de los más de 20 años que conoce a este hombre que ha sido el párroco de tu parroquia. 

Publicado el 2 de Julio de 2017. 

jueves, 25 de junio de 2015

Los pequeños propietarios de fincas rústicas engullidos por los neo intensivistas o la ausencia de buenas prácticas en la convivencia vecinal.


Nuevo Skyline de La Mancha. Camino de Molemocho de Villarrubia a Daimiel. Mayo 2015

Las huertas tradicionales, el viñedo de secano en extensivo,  el cultivo de árboles frutales  y otros cultivos históricos están amenazados. Sencillamente la mera propiedad de la tierra sin acreditar la posesión en intensivo está en riesgo de desaparición. Nuestro código civil protege a los poseedores más impulsivos e invasivos, cuánto más se tiene más fácil es acreditar la justificación de injerencias en finca ajena.

                A la llamada de las subvenciones por incorporarse a la agricultora intensiva, acuden muy vivos los hijos de los que ya se lucraron de las políticas de concentración de capacidad de producción de frutos excedentarios. Los nuevos viticultores no recalan en acumular cupos de tierra que alambrarán a sus crecientes objetivos de producción. Se compran predios, incluso pequeños, que les permiten cuadrar sus mínimos para conseguir la subvención por su nueva incorporación. Una vez dueños de las parcelas, aplican las prácticas del intensivismo expansivo, empezando por el intento de ampliar lindes sin importar usos de los linderos. Se aviva el oportunismo dejando a merced del mercado especulativo aquellas piezas que mejor aprovechamiento tenga en función del mayor rendimiento se pueda obtener, incluyendo la ampliación de superficie a base de esquilmación y destrucción de servidumbres de linderos.

                El respeto por lo tradicional se pierde al frenético ritmo de la restructuración. El propietario restructurador se autoproclama salvador de la permanencia de la sociedad en el entorno. Las asociaciones de neoagricultores intensivistas y la Administración Pública están felices con este planteamiento.

                El uso de maquinaria de mayores dimensiones y la necesidad de establecer zonas sin cultivo para que esta maquinaria pueda maniobrar dentro de sus parcelas obliga a plantearse a los nuevos propietarios la invasión de los predios lindantes. Sobrepasar la linde con la escusa de compartir reciprocidad en el futuro, se convierte en una escusa para violentar los límites del vecino.

                Nada se ha redactado, ni recomendado para evitar los conflictos entre vecinos. Todo lo contrario, pareciera que hay que proteger a quien más necesidad tenga de destruir lo tradicional. 

                Curiosamente se sigue generando mayor número de jornadas laborales en las pequeñas explotaciones de cultivos en extensivo que las hipermecanizadas explotaciones agrarias, dato este para los que abogan con la defensa de los que más distribuyen la riqueza que se genera favoreciendo la concentración de patrimonios.

                El sector que reclamó la reforma del código penal para castigar con mayor contundencia los hurtos y robos en el fincas rústicas no tuvo presente la endogamia y fagocitosis que se produce en la deglutición de los pequeños predios a base de injerencias en sus lindes, pérdida de accesos, … El número de conflictos y sus costes económicos entre los dos sistemas de agricultura cuanto menos se mencione, mejor. La balanza obviamente está a favor de los que están cerca del ámbito de las decisiones políticas que conducen a soluciones éticas.

                Querer seguir siendo pequeño propietario de predios rústicos para el cultivo tradicional es cada vez más difícil salvo que nuestra administración pública refuerce su defensa. 

jueves, 3 de marzo de 2011

Abogados Singles: ¿Cómo sobrevir en un pequeño despacho?

.
.

Abogados Singles: ¿Cómo sobrevivir en un pequeño despacho?.
En la revista Abogados en su número de Febrero de 2011 se ha publicado un artículo que aborda la problemática específica de los despachos de reducido tamaño, su autora es Ana Fernández Leiva.
En este enlace se tiene acceso a este interesante artículo:  
.

jueves, 20 de enero de 2011

Artículo: Las empresas societarias y la prevención de la delincuencia. ¿Oportunidad o amenaza?

Las empresas societarias y la prevención de la delincuencia. ¿Oportunidad o amenaza?

Manuel Zamora Soria.
Abogado colaborativo.  Prevención, mediación y gestión de conflictos.

Enero de  2011
   

    Las empresas bajo formas jurídicas societarias  tienen una nueva tarea que nace como consecuencia de la reforma del Código Penal. Desde el 23 de Diciembre de 2010 se instaura la responsabilidad penal de las personas jurídicas. La mayoría de las empresas  se encuentran afectadas por esta nueva norma de las que prácticamente solo se excluyen las empresas cuya titularidad sea una  persona física y no tengan  forma jurídica de sociedad.

    La nueva labor de las empresas con forma societaria consistirá en desarrollar sistemas de prevención que acrediten que han ejercido el debido control para evitar actitudes delictivas en el seno de su organización y que no existan fallos de organización que las hagan posibles.  Como recompensa, por esta novedosa carga, la empresa recibirá la "eximente", o lo que es lo mismo: no podrá ser condenada por los delitos imputables a una persona jurídica.

    Se establece también una atenuante o reducción de la dureza de la pena para las empresas societarias que habiendo sido imputadas pusieran en marcha estos mecanismos de prevención.
    El empresariado puede entender que estamos ante un nuevo lastre que obviamente conllevará costes y gastos. Efectivamente se produce la necesidad de planificar  y de poner en práctica esta actividad preventiva que se deberá abordar contratando servicios jurídicos ajenos a la empresa o ampliando las funciones de los servicios propios, lo que en todo caso necesitará de inversión de tiempo, esfuerzo y dinero.

    Como añadido, la legislación no ha regulado los mecanismos y herramientas que habilitarían esta eximente y atenuante, lo que hace que quepan demasiadas interpretaciones de la norma. Puesto que no se establecen sistemas de prevención específicos se puede recurrir a la analogía como es el, ya muy desarrollado, sistema de prevención de riesgos laborales, sistema de protección de datos de carácter personal o el relativo a la regulación para prevenir el blanqueo de capitales. También se puede acudir a los distintos modelos puestos en práctica en otros países en los que se aplican normas similares.

   Algunos expertos opinan que será la jurisprudencia la que vaya determinando las modalidades  válidas de gestión preventiva que serán tenidas en cuenta para conseguir los beneficios de la norma y no correr el riesgo de que se le impongan sanciones y penas que en algunos casos son excesivamente gravosas. El problema que plantea esta opinión es, que mientras esto se va produciendo, las empresas deben ir tomando decisiones. No hacer nada y esperar alegando falta de precisión en los nuevos preceptos legales, no es la solución. Al final lo que siempre ha funcionado es lo de "no solo ser bueno, también parecerlo".

     Como oportunidad de este nuevo instrumento de control de las empresas societarias encontraremos la posibilidad de empezar a implantar sistemas sin ambigüedad, con precisión en su contenido, claridad y transparencia, donde la tibieza y falta de contundencia en las prácticas éticas de las empresas se pueden diluir por el polivalente uso del lenguaje. Los integrantes de los órganos de toma de decisiones de una empresa societaria tienen, a partir de ahora, una herramienta eficaz que les permite acotar y especificar los ámbitos de sus actuaciones, eliminando las instrucciones que tengan distintas lecturas contextuales. Magnífica ocasión para, desde esta plataforma, lanzar el mensaje a sus más directos colaboradores y a la sociedad en general que en su interior existen sistemas de control que velan por el más escrupuloso cumplimiento de la legalidad. No pasará mucho tiempo para que la acreditación de sistemas preventivos de la delincuencia de las empresas se convierta en marchamo de seriedad,  solvencia, calidad y excelencia. Esta acreditación se convertirá en indispensable para la captación de contratos entre clientes y proveedores y obtención de financiación, ayudas públicas y subvenciones. No hay que olvidar que la demostración de las  "buenas prácticas" de cualquier empresa ofertante de productos y servicios será exigida por los posibles demandantes en la red en la que estará insertada su actividad empresarial. No adelantarse a esta nueva cultura podrá suponer quedarse fuera del concurso por nuevos contratos.

     Cabe recomendar que para la implantación de los sistemas preventivos de la delincuencia se cuente con profesionales independientes formados en las materias preventivas y que a su vez sean conocedores de las interioridades empresariales y mercantiles. Para los abogados con competencia orientada a empresas, formación, prevención de riesgos y práctica  jurídica  se nos abre una oportunidad extraordinaria de desarrollar nuestro trabajo como prevencionistas expertos.

     La cultura del cumplimiento ya está aquí, solo falta decidir de mano de quien se quiere implementar. Parecería lógica que una opción a considerar fuera la elección de los servicios jurídicos ajenos de prevención de la delincuencia de las personas jurídicas. Pueden ser los que mayores garantías podrían ofrecer ante la imputación de la empresa en un proceso penal. Estos servicios de prevención necesariamente deben estar dirigidos por abogado ejerciente especializado y cualificado.

     Por último solo cabe alertar de la incompatibilidad de funciones de los servicios jurídicos generales de una empresa con los de prevención de la delincuencia. No sería muy eficiente, a efectos demostrativos, que quien debe defender a una empresa en un proceso penal sea a la vez el autor de los protocolos de prevención que intentan  evitar los hechos presuntamente delictivos que conducen a esta imputación de la que se pretende igualmente defender.

viernes, 24 de diciembre de 2010

Entrada en vigor la reforma de nuestras normas penales.

El Código Penal ha sufrido una importante reforma.

El tema da para escribir tratados y tratados, sencillamente me interesa saber que ya hay trabajos realizados y publicados que vienen bien para los que estamos a medio camino entre lo recientemente aprendido y lo  nuevo que tenemos que aprender.

No es poco saber que el código se ha reformado y que hay nuevos tipos penales y que otros se han reformado.

En este tipo de casos digamos que los que empezamos aventajamos a nuestros mentores. Ahora nosotros estudiamos todo lo novedoso, sencillamente porque tenemos curiosidad y tiempo para hacerlo. Los que nos aventajan en cantidad de trabajo, se reservan el estudio para cuando les cae un asunto y tienen que refrescar todo lo que haya relacionable con la materia. No me parece lo adecuado, creo que hay que hacer hueco para todo. De hecho hay cuestiones inhibitorias que no se estudian y que afectan directamente a todos los abogados. No inhibirse del conocimiento de determinados asuntos produce efectos perniciosos. Como el sistema prima el estudio dependiendo de la materia y las materias no se estudian hasta que no se origina un hecho novedoso, las situaciones de latencia se quedan fuera de las cautelas profesionales.  

El Colegio de Abogado de Madrid ha difundido entre sus colegiado este enlace que permite obtener un contenido claro de las partes afectadas por la reforma.

Adjunto enlace:


Agradezco a Paloma, colegiada en Madrid, su deferencia.


sábado, 20 de noviembre de 2010

Calendario de aprobación de las 26 leyes prioritarias para el Gobierno Español.

Las 26 leyes prioritarias


- Diciembre de 2010:

• Ley Concursal (para recortar coste y plazos en los concursos de acreedores).
• Ley Integral de Igualdad de Trato (contra la discriminación por sexo, raza...).
• Ley de Nuevas Tecnologías en Justicia (agilizará trámites con la Administración).
• Ley General de Telecomunicaciones (afectará al teléfono fijo, móvil e Internet).

- Primer trimestre de 2011:

• Ley de Reforma de la Seguridad Social en Materia de Pensiones (sin fecha, y a la espera del dictamen del Pacto de Toledo).

- Enero de 2011:

• Ley de Reforma de las Políticas Activas de Empleo (para ayudar a parados con dificultades para encontrar un empleo).
• Ley de Modificación del Código Civil en materia de patria potestad, tutela y sucesiones en relación con la violencia de género y la violencia doméstica.
* Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles (agilizará trámites complejos).
• Ley de Regulación del Juego.
• Ley de Residuos y Suelos Contaminados (delimitará competencias dispersas).

- Febrero de 2011:

• Ley de Servicios Profesionales (afectará fundamentalmente a las ingenierías).
• Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (traspasará a este orden competencias del Civil o del Contencioso Administrativo).
• Ley de Calidad y Sostenibilidad del Medio Urbano (sobre rehabilitaciones).

- Marzo de 2011:

• Ley de Negociación Colectiva (clave para aplicar la nueva reforma laboral).
• Ley del Gobierno Local (adaptará a la situación actual una norma de 1995).
• Ley sobre Cuidados Paliativos y Muerte Digna (para el derecho a morir sin dolor).
• Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, Código Civil, Código de Comercio y Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal en materia de procedimientos de incapacitación.
• Ley de Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias (protege a las mujeres que trabajan en el campo).

- Abril de 2011:

• Ley de Eficiencia Energética y Energías Renovables (esencial para reducir las emisiones y asegurar el abastecimiento).
• Ley de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre Consejos Territoriales (otorga a estos competencias del CGPJ).
• Ley de Universalización de la Cobertura Sanitaria del Sistema Nacional de Salud (beneficiará a unos 200.000 ciudadanos).

- Mayo de 2011:

• Ley por la que se regulan los parámetros mínimos de calidad de los servicios de atención al cliente de las empresas que prestan servicios económicos de interés general (afectará a empresas de todo tipo, como aseguradoras o de telefonía).
• Ley del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (una norma singular como la que tiene el Museo del Prado).

- Junio de 2011:

• Ley de Mecenazgo.
• Ley sobre Utilización de las Lenguas Cooficiales ante los Órganos del Estado (afectará a instituciones como el Tribunal Constitucional o el Consejo de Estado).
• Ley Reguladora del Fondo de Capitalización para los Trabajadores (el conocido como modelo austriaco, permitirá al trabajador llevar consigo los derechos acumulados toda su vida).


http://www.elpais.com/articulo/espana/Zapatero/retoma/impulso/social/agotar/legislatura/2012/elpepunac/20101120elpepinac_1/Tes#despiece1


.

lunes, 18 de octubre de 2010

La jura colectiva de abogados apareció en la prensa provincial.


Portada del diario Lanza del día 15 de Octubre de 2010
Resulta de interés saber que los medios de comunicación provinciales han dado amplia cobertura informativa sobre los actos de jura de nuevos abogados. Desde hace algunos años los principales periódicos impresos publican en primera página titulares e incluso fotografías que aluden a este evento protocolario de iniciación del oficio de abogado.

Se agradece este interés de los medios y en alguna medida me hace sentir el peso de la responsabilidad. Lo cierto es que es un acto adscrito a nuestra Administración de Justicia y de una relevancia singular.




 

domingo, 17 de octubre de 2010

Jura colectiva de abogados.


Manuel Zamora Soria. 15 de Octubre de 2010. Facultad de Derecho de Ciudad Real.
Fórmula del juramento del abogado utilizado en nuestra jura.
Momento de la jura de Manuel Zamora Soria.
Manuel Zamora Soria y Joaquín Arévalo Sendarrubias.

Foto colectiva de los jurandos con el padrino que este año ha sido el profesor de Teoría del Derecho y actual Decano de la Facultad de Derecho de Ciudad Real Juan Ramón de Páramo Arguelles.
Día cargado de emociones y ceremonial por excelencia en la vida profesional de un abogado. En realidad para acceder al Colegio de Abogados se hace un juramento por escrito, aunque te comprometes a ratificarlo ante la Junta de Gobierno.

Se agradece que el Colegio esté pendiente de nuestros primeros pasos. También es de agradecer el papel de los padrinos que nos acompañan en el juramento. En mi caso he tenido el privilegio de ser apadrinado por Joaquín Arévalo Sendarrubias, abogado de Ciudad Real, Profesor Asociado de Derecho Civil, Profesor de la Escuela de Prácticas Jurídicas, Exdirector de esta Escuela y, por encima de todo esto, una extraordinaria persona, amén de que haya sido mentor y tutor en mis prácticas jurídicas.

También se agradece la atención de los compañeros, del resto de jurandos, de profesores, jueces, fiscales y familiares asistentes y a todas las personas que nos acompañaron al acto de nuestra jura.

Especial atención la presencia de nuestros seres más queridos. Tuve la suerte de estar acompañado por mi hija Sacri y por mi esposa Fermi. 

Ahora lo que seguimos necesitando son asuntos, ganas de trabajar y acierto en lo que hagamos, o al menos esto pienso ahora mismo.

domingo, 3 de octubre de 2010

Aparece en la prensa: El Consejo propone la libre elección del abogado de oficio.

A la espera de que el Ministerio publique en su página web el Proyecto de Reforma de la Ley de Justicia gratuita, la Abogacía y los letrados del turno acercan posturas sobre la libre designación del abogado.

La reforma de la Ley de Justicia Gratuita debe conciliar intereses y sensibilidades muy diversos. El Ministerio de Justicia se enfrenta, por un lado, a las comunidades autónomas, que ven cómo cada año se incrementa el coste de este servicio; y, por otro, a los letrados del turno de oficio, que sienten amenazado un sistema que, a su juicio, funciona, y garantiza el derecho de defensa. En este escenario juega un papel fundamental el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE). Y es el propio Consejo el que está consiguiendo acercar posturas y ha logrado que los letrados den el visto bueno a la libre elección del abogado.

Tradicionalmente, los abogados del turno de oficio han criticado con vehemencia la libre designación del letrado. Consideraban que contribuía a privatizar este servicio y lo desnaturalizaba. Sin embargo, la necesidad de buscar puntos de encuentro y las matizaciones que hace el CGAE han habladado a los letrados del turno. Además, este modelo ya se ha probado en Galicia y Ponferrada y no ha trascendido que haya causado problemas.

La fórmula que a los abogados del turno no les gusta es que entren en el cupo grupos como Legálitas con su propia lista de letrados. Este extremo supondría la privatización total del servicio. Y, aunque recuerdan que el justiciable ya puede rechazar a un abogado que no le convence, estos letrados consideran que la introducción en la reforma de la libre elección dará más seguridad al ciudadano: "Se avanza en este derecho", certifican. Además, las matizaciones que hace el CGAE y su intención de que esta fórmula se aplique en casos concretos les tranquiliza, según explican fuentes consultadas.

Otra de las fórmulas que ha barajado el CGAE y que propuso el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid el pasado febrero es la corresponsabilidad del justiciable que no sea indigente. Sin embargo, el CGAE prefiere que esta última posibilidad la analicen al detalle las administraciones.

Luis Nieto, decano del Colegio de Salamanca y presidente de la Comisión del turno de oficio del CGAE, constata que el aumento del coste del servicio, –un 160% según la Comunidad de Madrid– se debe, no tanto a la crisis, sino al incremento de los derechos de los ciudadanos que se ha conseguido con la introducción de los servicios de asesoramiento al menor, de violencia de género o de Extranjería, además de los juicios rápidos y de la acusación particular.

La Justicia gratuita supone a las administraciones cerca de 200 millones de euros anuales. Pero los abogados del turno recuerdan que 35.000 letrados de los 122.000 que hay en España se dedican a diario a este servicio, que se ofrece los 365 días del año, las 24 horas del día, a veces en guardias de hasta tres días.

De esta forma, aunque los abogados del turno acogen ahora sin recelo la libre elección, mantienen sus críticas contra algunas CCAA, sobre todo, Madrid y Valencia, y ante los Decretos que preparan con el fin de restringir el acceso al turno de oficio, en concreto, a los inmigrantes.

Por su parte, Paula Sánchez de León, consellera de Justicia y Administraciones Públicas de la Comunidad Valenciana, considera que "probablemente no sea ni necesario realizar una modificación de la propia Ley de Justicia Gratuita, tal vez con aprobar un nuevo decreto de desarrollo que establezca el marco general común, al menos en cuestiones básicas, como la unificación de módulos que retribuyen las actuaciones profesionales sea suficiente".

La Asociación Profesional de Abogados de Extranjería en Madrid (Apaem), la Asociación Libre de Abogados (ALA) y la Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno (Altodo) rechazan que se emitan Decretos que traten de sortear la ley y piden que la reforma sea "consensuada y transparente".

Sánchez de León reclama los fondos de depósitos por recurrir previstos en la Ley Orgánica 1/2009, el 40% de los cuales va destinado, según marca la ley, a las autonomías. Los consejeros piden al Ministerio que comunique a las comunidades autónomas las previsiones de las cuantías a transferir, el calendario de pago previsto y el procedimiento para hacerlo efectivo.

Pero hasta que no se conozca el Reglamento de la Ley de Extranjería quedan muchos aspectos de la reforma por concretar. El artículo 22 de la citada norma se relaciona con la Justicia gratuita y puede, en la práctica, limitar el acceso de los inmigrantes al turno.

Los abogados de oficio lamentan la escasa interlocución que tienen con las CCAA y con el Ministerio. Justicia asegura que, en breve, lo enmendará, ya que va a colgar el borrador del proyecto de reforma de la ley en su web para que hagan sugerencias.

A pesar de que algunas voces dudan de que la reforma del turno de oficio culmine en esta legislatura, el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha anunciado que se está trabajando para tener un anteproyecto de ley "lo antes posible", "racionalizar" los procesos, "simplificar algunos trámites y ahorrar costes burocráticos en su tramitación".

Caamaño asegura que "la idea es simplificar todo el procedimiento, instaurar una fórmula de racionalización del modelo que no menoscabe este derecho fundamental".



Fuente:

lunes, 27 de septiembre de 2010

La Nueva Oficina Judicial y Esquemas de Tramitación Procesal.





Texto completo de los esquemas procesales en la NOJ
Una de las ventajas de ser nuevo en el oficio de abogado es que la puesta en funcionamiento de la Nueva Oficina Judicial preocupa en la medida que se tienen que aprender  al mismo ritmo que  el resto de abogados veteranos o inexpertos. 

En mi caso digamos que tenía una ligera idea que se centraba en presentar todo lo concerniente a un procedimiento en el juzgado que correspondiera y que cada vez que necesitara algo relacionado con este proceso tendría que preguntar en ese juzgado específico.

Ahora tenemos que aprender a manejarnos con una nueva terminología, he podido entresacar de la documentación a la que he ido teniendo acceso estas siglas que significan cosas diferentes. Se habla de sitios distintos con funciones y competencias específicas. Relaciono las siglas más genéricas con las que tenemos que familiarizarnos:

NOJ: Nueva Oficina Judicial.
UPAD: Unidades Procesales de Apoyo Directo. Asiste a Jueces directamente.
SCP: Servicios Comunes Procesales. No adscritos a órgano judicial concreto. Asume labores centralizadas de gestión y apoyo a todos o alguno de los órganos de su ámbito territorial.
SCG: Servicio Común General.
SCOP: Servicio Común de Ordenación del Procedimiento.
SCE: Servicio Común de Ejecución.

Unidad Administrativa: Sin estar integrada en la oficina judicial, se constituye en el ámbito de organización de las Administraciones de Justicia para la jefatura, ordenación y gestión de: recursos humanos, medios informáticos, y demás medios materiales.

LEXNET: Programa que permite la presentación de escritos ante los Juzgados por medios telemáticos.
INFORED: Inscripciones informatizadas en Registro Civil.
LIBRA: Programa de gestión procesal.
MINERVA: Programa de gestión procesal.
PNJ:Punto Neutro Judicial: Intercomunicaciones entre distintas redes coroporativas de las CCAA, Ministerio de Justicia y Consejo General del Poder Judicial.


De la información que divulga el Ministerio de Justicia he obtenido estos esquemas. que se dirigen a los Secretarios. Vendrían bien estos mismos gráficos para explicarnos cómo funciona el itinerario de todos los procesos que se tramitan ante un juzgado y en los que intervenimos los profesionales pero desde nuestra perspectiva de abogados.


viernes, 17 de septiembre de 2010

Enfrentarse a los propios miedos, principal problema del abogado incipiente.

Enfrentarse a los propios miedos, principal problema del abogado incipiente.
De la entrevista realizada en la sección "La mutualidad al día" de la revista "Mutualidad de la Abogacía" del número 63 de septiembre de 2010 a Mayte López Pérez-Cruz, Presidenta de la Confederación de Abogados Jóvenes, me quedo con dos preguntas y lógicamente con sus respectivas respuestas. En ella se destacan las esencias de la dificultad del inicio de la profesión de abogado.

Pregunta: Desde tu propia experiencia, dinos qué ventajas e inconvenientes tiene ser joven para dedicarse a la abogacía.
Respuesta: Parto de la base que no le veo inconvenientes salvo que los años de experiencia que, obviamente le faltan al joven abogado en su reciente andadura profesional, se puede ver como tal. Veo más como un inconveniente el carácter individualista de la profesión que puede resultar muy duro al principio y por ello considero fundamental fomentar el corporativismo, las Agrupaciones de Jóvenes Abogados y la vida colegial. La "terapia de grupo", ver que tus angustias son compartidas por otros compañeros es el impulso que necesitas para enfrentarte a los problemas del ejercicio diario.
La ventaja es, indudablemente, la ilusión de los comienzos y las ganas de trabajar en una profesión tan vocacional como la nuestra, tan dura y tan apasionante al mismo tiempo.
 Pregunta: ¿A qué problemas se enfrenta un joven abogado al empezar a ejercer la profesión?
Respuesta: Quizás el problema común, tanto para el abogado joven que trabaja por cuenta propia como para el que trabaja por cuenta ajena, sea el enfrentarse a sus propios miedos. No es fácil la puesta en escena de tu primer juicio, ni tu primer cliente, ni tu primera asistencia en el turno de oficio penal…Superado este momento inicial es obvio que los problemas de quien trabaja como autónomo a quien lo hace por cuenta ajena son diferentes. En el caso del autónomo el problema, desde mi punto de vista personal,  radica en primer lugar en conseguir mantener tu despacho, crecer como profesional y multiplicar los clientes. Para el joven abogado que trabaja por cuenta ajena la vida profesional tampoco es un camino de rosas, supone muchas horas de trabajo en un mundo competitivo, y debemos añadirle la carencia de un convenio colectivo específico que regule la profesión.

sábado, 4 de septiembre de 2010

Sobre la ley de protección de trabajadores autónomos por cese de la actividad.

Sobre la ley de protección de trabajadores autónomos por cese de la actividad.

Con fecha 6 de agosto de 2010 se ha publicado en el BOE la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

En el preámbulo  de la ley se habla de "lo inevitable que resulta referirse al advenimiento de una circunstancia sobrevenida y externa al devenir lógico en el desarrollo estatutario del trabajo autónomo, es decir, el importante impacto de la crisis financiera y económica  que ha afectado no solamente a las relaciones laborales, sino que de forma específica ha tenido una repercusión significativa en el trabajo autónomo y, en especial, en actividades como la construcción o el comercio".

Con independencia de otras valoraciones que se podrían hacer, y que son muchas,  llama especialmente la atención que se hable a estas alturas de la crisis económica como algo advenedizo que se ha producido de forma sobrevenida y externa, como si nada tuviéramos que ver con ella, ni las personas con nuestros hábitos de consumo y ahorro, ni las empresas con sus planes a medio, corto y largo plazo, ni las administraciones públicas, ni los gobiernos nacionales, regionales o locales.

También llama la atención que se deje sin protección a autónomos que han estado cotizando y que no soportando su situación ya cesaron la actividad en los inicios de la crisis económica. Para ellos se ha previsto prestación no contributiva con condiciones restrictivas recogidas en la disposición adicional décimo tercera y titulada "Prestación no contributiva para trabajadores autónomos", que irá destinada a los trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad profesional o empresarial a partir de 1 de enero de 2009. La prestación consistirá en 425 euros durante 6 meses con el compromiso de recibir 180 horas de formación y demostrar búsqueda activa de empleo.

Cuando en algunas comunidades autónomas se están aprobando rentas para la ciudadanía, sencillamente por ser personas, que el gobierno de la nación de turno nos ofrezca una ley para autónomos que regula una prestación económica por cese de actividad suena extraño.

De cualquier modo todo lo que sean planes de ayuda para garantizar los mínimos a todas las personas, bienvenidos sean. Sin embargo da la sensación de que si se quiere ayudar a determinados sectores económicos no se acierta con la forma de hacerlo.

Los que ya han sido autónomos necesitan otra oportunidad en función de si lo fueron por vocación o por oportunismo.

Por último, también llama la atención de una forma especial que para poder acceder a la prestación económica equiparable a un subsidio por Incapacidad Temporal, una Mutua de Accidentes de Trabajo valore la situación económica del trabajador autónomo y si la evolución económica de su negocio o actividad puede reunir los requisitos que le permitirán conseguir una renta, acceda a esta. ¿No sería más lógico que este mismo análisis permitiera ayudar al autónomo a mantener su empresa en activo con financiación a fondo perdido siempre que justificara los planes de posible viabilidad?, ¿no sería más lógico que se hicieran planes de recuperación de la actividad de los autónomos a cambio de una ayuda o exención de las cargas públicas?, ¿no sería más lógico que se condonaran deudas que asfixian a los autónomos y que nunca podrán pagar?, ¿no sería más lógico que se avalaran las distintas deudas que las distintas administraciones públicas mantienen con los trabajadores autónomos?, ¿no sería más lógico que se permitiera reiniciar actividad sin los gravámenes impositivos?, ¿no sería más lógico el diseño del trabajador autónomo a tiempo parcial con las cargas proporcionadas a su capacidad de generar ingresos?, ¿no sería más lógico replantearse la figura del autónomo como verdaderamente autónomo y no autónomo hiperintervenido por las múltiples obligaciones?...


miércoles, 25 de agosto de 2010

El ejercicio de la abogacía en Japón.


En una conversación sobre las dificultades del ejercicio de la abogacía me han comentado las restricciones existentes en Japón para ejercer la abogacía.

He querido informarme sobre la cuestión, sólo por curiosidad. El resultado es escolofriante comparado con nuestra realidad ibérica.

Como anécdota intentar descifrar los honorarios de los abogados en Japón tiene el mismo nivel de dificultad que en España, vease enlace y me comentáis http://www.nichibenren.or.jp/
 
 

martes, 13 de julio de 2010

Clausura del Curso General de Iniciación la Abogacía. 2008-2010.


El pasado viernes se celebró el acto de clausura del Curso General de Inicio a la Abogacía 2008-2010.
Atrás quedan muchas horas de clase, muchas prácticas, visitas a juzgado y enormes inquietudes por aprender un oficio.
Como en tantas cosas, lo mejor: los compañeros, los que mas te enseñan y de los que mas se aprende. Se da la circunstancia que aquí practicamente todos somos compañeros, al menos todos los intervinientes tenemos el Título de Licenciado en Derecho.

viernes, 21 de mayo de 2010

Trabajar en un bufete de abogados está de moda

.



Trabajar en un bufete de abogados está de moda.
aparece esta información que a su vez nos reenvía a esta otro: http://www.expansionyempleo.com/2010/05/03/mercado_laboral/1272877476.html
Recomiendo a los que buscan empleo que se inscriban en la bolsa del CIPE y la sigan de cerca.

miércoles, 12 de mayo de 2010

III Foro Nacional de Derecho de la Circulación.








La UCLM acoge el III foro Nacional de Derecho de la Circulación que ha inaugurado el vicerrector de Títulos de Grado y Máster.

Expertos en seguridad vial estudian en Ciudad Real las novedades legislativas en materia sancionadora.

El vicerrector de Títulos de Grado y Máster de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM), Miguel Ángel Collado, ha inaugurado en el Campus de Ciudad Real el III Foro Nacional de Derecho de la Circulación que, durante dos días, reunirá a más de 170 profesionales para debatir en torno a las novedades que tras consigo la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en materia sancionadora que entrará en vigor este mes. Este foro se ha consolidado ya como un referente a nivel nacional en materia de regulación jurídica del tráfico.

Profesionales del ámbito universitario, del Derecho, de la Dirección General de Tráfico, de la Agencia Tributaria, de ayuntamientos y de asociaciones de consumidores y usuarios se reúnen en el Campus de Ciudad Real en el marco del III Foro Nacional del Derecho de la Circulación, al objeto de analizar la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en materia sancionadora, aprobada el pasado mes de noviembre por el Congreso de los Diputados y que entrará en vigor este mes.

El nuevo texto normativo agiliza, simplifica y moderniza el procedimiento sancionador, incorpora nuevos medios tecnológicos al mismo que aseguran las garantías y derechos de los ciudadanos, y reduce el catálogo de conductas que hacen perder puntos del carné de conducir.

En definitiva, según han puesto de manifiesto los coordinadores del foro durante su inauguración, el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) Miguel Beltrán, y el jefe provincial de Tráfico de Ciudad Real, Antonio Carrasco, esta reforma es una más de las acciones del plan estratégico puesto en marcha en España en materia de seguridad vial, que persigue un cambio en la conducta de los conductores y la reducción del número de accidentes y de víctimas. Objetivos éstos que, ha asegurado Carrasco, "se están cumpliendo".

El foro, que se prolongará hasta mañana, se ha convertido ya en referente a nivel nacional en materia de seguridad vial y en punto de encuentro para el debate y la reflexión de cuestiones que interesan e implican a la ciudadanía, cometido que según ha recordado el vicerrector de Títulos de Grado y Máster, Miguel Ángel Collado, son junto, con la formación de titulados y la investigación, competencia de la Universidad. Asimismo, Collado se ha congratulado de la confianza depositada por las instituciones en la Universidad de Castilla-La Mancha para desarrollar en ella actividades de interés como ésta.


Fuente de esta información:

martes, 4 de mayo de 2010

Deslinde y Amojonamiento.

.
..


 

La posesión compartida, en un predio: viñedo y en otro: olivar y cómo se deslinda y se rompe ese uso compartido que previamente era de uso exclusivo de uno de los linderos.

Lo primero, ¿de cuántos metros estamos hablando?, segundo ¿cuánto cuesta el metro cuadrado en esta zona?, tercero ¿qué perjuicios ocasiona a una de las partes y qué beneficios genera a la otra?, cuarto ¿se observa mala fé en la actitud de alguno de los linderos?, ¿se observa actitud de aprovechamiento ilícito?, ¿es razonada la interpretación de cada uno de los linderos?...

Después:

Títulos de propiedad, registro de la propiedad, catastro, Sigpac, evolución fotografías aéreas, usos de los últimos años, testimonios, peritajes, visitar la finca a deslindar o deslindada...

El Código Civil, legislación especial, costumbre del lugar, jurisprudencia,... 

Además, pedir opiniones del lugar, y a expertos.

Ya iremos viendo.

El Código Civil dice:

CAPÍTULO III.
DEL DESLINDE Y AMOJONAMIENTO

Todo propietario tiene derecho a deslindar su propiedad, con citación de los dueños de los predios colindantes.
La misma facultad corresponderá a los que tengan derechos reales.
El deslinde se hará en conformidad con los títulos de cada propietario, y, a falta de títulos suficientes, por lo que resultare de la posesión en que estuvieren los colindantes.
Si los títulos no determinasen el límite o área perteneciente a cada propietario, y la cuestión no pudiera resolverse por la posesión o por otro medio de prueba, el deslinde se hará distribuyendo el terreno objeto de la contienda en partes iguales.
Si los títulos de los colindantes indicasen un espacio mayor o menor del que comprende la totalidad del terreno, el aumento o la falta se distribuirá proporcionalmente.

CAPÍTULO IV.
DEL DERECHO DE CERRAR LAS FINCAS RÚSTICAS

Todo propietario podrá cerrar o cercar sus heredades por medio de paredes, zanjas, setos vivos o muertos, o de cualquiera otro modo, sin perjuicio de las servidumbres constituidas sobre las mismas.